ECONIA imparte WEBINAR sobre nuevo RD731/2020 sobre gestión de neumáticos fuera de uso

El pasado 19 de noviembre Meritxell Barroso, gerente de Econia y directora de AETRAC (Associació d’Empreses de Tractament de vehicles fora d’ús de Catalunya) impartió un webinar sobre la nueva legislación de gestión de neumáticos.

Para comentar el nuevo RD731/2020, la presentación se centró en tres puntos principales: cuáles son las novedades respecto a la legislación anterior, cuáles son las obligaciones de los productores de neumáticos y cuál es el papel de los CATs.

En el siguiente vídeo podéis ver el webinar completo:

El Gobierno Vasco aprueba y remite al Parlamento el proyecto de Ley de Administración Ambiental de Euskadi

Ordenará, simplificará y unificará los procedimientos administrativos previstos para las actividades con incidencia en el medio ambiente. A partir de ahora, los grupos parlamentarios podrán realizar aportaciones al documento, para configurar un texto final con el mayor consenso posible.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de Ley de Administración Ambiental del País Vasco que será remitido al Parlamento para su debate. Arantxa Tapia, consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, considera que “es el momento oportuno para someter a debate y proceder a la aprobación definitiva de la Ley”, y se ha mostrado convencida de que “este intento será el definitivo”.

El proyecto de Ley de Administración Ambiental de Euskadi se ha elaborado siguiendo el concepto de “normativa inteligente”, según el cual, la normativa debe elaborarse reforzando el papel de la ciudadanía, analizando su repercusión socioeconómica y bajo la perspectiva de la simplificación administrativa, (unificando los procedimientos de intervención ambiental y suprimiendo trámites innecesarios).

El proyecto regula las competencias que en materia de medio ambiente corresponden a las diferentes Administraciones públicas de la CAPV articulando instrumentos de coordinación como son el Programa Marco Ambiental y el Consejo Asesor de Medio Ambiente, que se configura como un órgano consultivo y de participación.

Se diseña una nueva sistemática para favorecer la relación entre la Administración pública y la ciudadanía, con el fin de facilitar la participación de ésta en la toma de decisiones en materia ambiental, regulando el suministro de información, la participación y el acceso a la justica en relación con la protección del medio ambiente y la sostenibilidad. En este sentido, cabe citar la normalización de la herramienta de tramitación ambiental INGURUNET como medio para articular, entre otras, la gestión, la investigación y la toma de decisiones.

El proyecto de ley dedica una especial atención a la ordenación de las actividades con incidencia en el medio ambiente, bajo las premisas de la simplificación y la unificación de los procedimientos administrativos previstos en la normativa sectorial, integrando requisitos, y eliminando los obstáculos jurídicos y administrativos para el desarrollo de las actividades, pero manteniendo, a su vez, los elevados estándares de calidad ambiental propios de Euskadi.

Los instrumentos de mejora ambiental son también objeto de regulación en el proyecto de ley. En este sentido cabe citar los sistemas Europeos de Gestión Ambiental EMAS y de etiqueta ecológica, el análisis del ciclo de vida de productos y organizaciones, la ecoinnovación, la compra pública verde, la fiscalidad ecológica o la realización de acciones de voluntariado de interés ambiental general, todos ellos considerados como mecanismos diseñados para impulsar la corresponsabilidad pública privada en la protección del medio ambiente y el cumplimiento de las obligaciones en esta materia.

La inspección y el control de las actividades con incidencia ambiental, como garantía de la adecuación a la legalidad de las actividades sometidas a la ley, es objeto de una regulación pormenorizada junto con las previsiones para la restauración de dicha legalidad y la exigencia de responsabilidad por daños ambientales, incluyendo la aplicación de sanciones como consecuencia de la realización de las infracciones que se tipifican en la norma dentro de su régimen disciplinario.

En términos generales, se trata de un proyecto que mejora sustancialmente la normativa en vigor, porque avanza en el control de las actividades con posible impacto en el medio, incorpora instrumentos que van más allá de esto, tales como la figura de las entidades de colaboración ambiental, el impulso del voluntariado ambiental, la hoy más que nunca necesaria Compra pública Verde, y el futuro a través de figuras como la Ecoinnovación y la fiscalidad ambiental.

La tramitación parlamentaria permitirá debatir y recabar aportaciones que enriquezcan el documento aprobado hoy en Consejo de Gobierno que, y según la consejera “ofrece una base legislativa que es un buen punto de partida”.

Fuente: IHOBE

Las empresas podrán plantear propuestas para la Agenda 2030

El Gobierno central y la Red Española del Pacto Mundial de Naciones Unidas han abierto una consulta para que todas las empresas estatales puedan aportar sus propuestas sobre la Agenda 2030,el proyecto internacional para impulsar el desarrollo sostenible económico, social y ambiental. Se trata de una encuesta online, abierta y a la que están convocadas todas las empresas españolas, independientemente de su naturaleza, sector o titularidad.

Esta iniciativa se enmarca dentro de los planes de la Vicepresidencia Segunda del Gobierno central para la definición de la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, que identificará las transformaciones y políticas públicas prioritarias para impulsar el logro de la Agenda 2030 en el contexto de la recuperación post-Covid19.

La Red Española del Pacto Mundial ha animado a las comunidades autónomas, a difundir entre empresas y organismos esta sencilla encuesta. Además, ha instado a involucrar al entorno de las empresas, como clientes, proveedores y otros grupos de interés, con el fin de alcanzar unos óptimos resultados y obtener una visión de las empresas lo más representativa posible en términos de tamaño, sector y ubicación geográfica.

El plazo de presentación de propuestas para la consulta electrónica concluye el 27 de septiembre. Las conclusiones resultantes serán canalizadas en el marco del proceso de definición de la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, cuya hoja de ruta está en elaboración.

Acaban las pruebas de regeneración de sistemas de retención de contaminantes en el marco del proyecto ECCAT

A pesar de la situación causada por la Covid-19, en el marco del proyecto ECCAT, se da por finalizada la fase de testeo de las técnicas y tecnologías de reparación avanzada de sistemas de retención de contaminantes prevista.

Los datos recogidos en el testeo permitirán la realización, por parte de ECONIA, de un análisis técnico, ambiental y económica de la tecnología de reparación elegida. Además, servirán como base técnica para la implementación y justificación de los beneficios de la reparación avanzada de estos sistemas para la creación de una vía real de mercado circular.

En caso de viabilidad positiva, el proyecto permitirá la creación de una nueva línea de negocio en ASYSUM, integrando todos los agentes de la cadena de valor (y en particular, talleres y desguaces) y está claramente alineada con los principios de la economía circular.

El proyecto cuenta con el apoyo de la Agència de Residus de Catalunya y el Departament de Territori i Sostenibilitat y se enmarca dentro las ayudas de proyectos de fomento de la economía circular. ECONIA actúa también como project manager.

Aprobado el Real Decreto para dirigir la gestión de neumáticos fuera de uso hacia un modelo de economía circular

El 7 de agosto de 2020 se ha publicado el RD 731/2020 de 4 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso.

Esta legislación, que entra en vigor el 8 de agosto de 2020, pretende acelerar la transición del sector de los neumáticos fuera de uso hacia un modelo de economía circular. Entre algunas medidas que introduce, destacan:

  • La prohibición del depósito en vertederos de los neumáticos de gran tamaño, con diámetro superior a 1.400 milímetros, y su incorporación al sistema de gestión bajo la responsabilidad ampliada del productor. Con esta modificación, todos los neumáticos de reposición –a excepción de las ruedas de las bicicletas- pasan a ser objeto de gestión para su reutilización o reciclado.
  • Se da prioridad a la reutilización de los neumáticos usados que se gestionen. Con el objeto de facilitarlo, el Real Decreto define las condiciones que deben reunir tanto los neumáticos de segundo uso como los recauchutados para su posterior comercialización. Asimismo, la norma detalla la información que debe suministrarse sobre ellos al consumidor, preferiblemente de forma electrónica.
  • La definición, para cada año y en cada Comunidad Autónoma, de las responsabilidades de recogida y gestión que corresponden a los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor, lo que evitará problemas de acumulación y retrasos en la recogida de los residuos en los puntos de generación. Esta información resultará de especial utilidad a las autoridades competentes en sus tareas de supervisión y control de las operaciones que integran el flujo de gestión de este residuo.
  • El texto también regula el procedimiento excepcional de recogida en los puntos limpios de los neumáticos fuera de uso, así como la relación entre los puntos limpios y productores para costear la recogida y tratamiento de dichos neumáticos, con el fin de resolver problemas operativos que se han registrado en el pasado.

La norma modifica el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso, para lograr una gestión más eficaz de este residuo y consolidar los progresos implementados en su gestión a lo largo de los quince años de vigencia de la normativa. Se trata de un paso previo a la adaptación a los nuevos requisitos de la responsabilidad ampliada del productor que se introducirán a través de la trasposición de la nueva Directiva (UE) 2018/851 sobre la materia, para la que el Gobierno está tramitando el anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados.

Esta es la tercera norma que el Gobierno aprueba en cumplimiento de la Estrategia Española de Economía Circular, tras la aprobación del Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, y el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.

NUEVO RD QUE REGULA LA ELIMINACIÓN DE RESIDUOS EN VERTEDERO

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha publicado el nuevo Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero; que sustituye al del 2001 e incorpora todos aquellos aspectos incluidos en el paquete legislativo de economía circular de la Unión Europea.

El nuevo RD tiene como objetivo: regular el desarrollo de la actividad de deposición de residuos en vertedero y reducir el impacto ambiental de estas operaciones y los riesgos para la salud de las personas; así como, fomentar el cumplimiento de la jerarquía de residuos, siendo la deposición en vertedero la última opción.

Los aspectos más relevantes, aparte de los objetivos indicados, son:

  • Deja de considerarse vertedero la instalación de eliminación de residuos en origen.
  • Se considera también vertedero, los almacenajes de: residuos peligrosos almacenados más de 6 meses y residuos no peligrosos almacenados más de 1 año (si el destino final es eliminación) o 2 años (si el destino final es valorización).
  • Se establecen medidas de economía circular, estableciendo de modo expreso la posibilidad de introducir medidas disuasorias o limitativas de depósito de materiales y asimismo se establece el carácter finalista de las tasas recaudadas para el depósito de materiales a vertedero.
  • Residuos no admitidos en vertedero: se incorpora un listado de residuos no admisibles; además, se prevé la posibilidad de determinar nuevos residuos no admisibles a través de Orden Ministerial. También incluirá los residuos admisibles en cada tipo de vertedero, con la obligación de que los productores o poseedores de los residuos proporcionen a las entidades explotadoras de los vertederos información sobre las caracterizaciones básicas de los residuos, así como del tratamiento previo al que hayan sido sometidos en su caso.
  • Se establece, de la misma manera, la obligación de someter a tratamiento previo a cualquier residuo (también los municipales, respecto de los cuales se establece un plazo de dos años para adoptar la Orden Ministerial correspondiente) para su admisión, a excepción de aquellos que expresamente sean eximidos de ello, por medio de Orden Ministerial.
  • Incorpora los objetivos de reducción del vertido de residuos municipales establecidos en la Directiva (UE) 2018/850, que será inferior al 10% del total de residuos municipales producidos para el 1 de enero de 2035. Asimismo, se incluye la metodología de cálculo establecida en la Decisión de ejecución (UE) 2019/1885.
  • Establece los costes mínimos que deberá incluir el precio por la eliminación de los residuos, los costes de establecimiento y explotación, las suscripciones de seguros o garantías financieras y fianzas. También los costes de clausura, mantenimiento y control durante al menos 30 años, así como los costes debidos a la emisión de gases de efecto invernadero, cuyo método de cálculo se establecerá por orden ministerial antes de 2 años.
  • Régimen de fianzas: se modifica el régimen de fianzas con el fin de que éstas permanezcan vigentes tras la clausura del vertedero.
  • Régimen de inspecciones: se refuerza el régimen de las inspecciones previsto en el nuevo Real Decreto, de acuerdo con lo establecido en el Anexo VII.

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