La Comisión Europea ha fijado normas para aplicar el ajuste en los pagos por emisiones.

El pasado 17 de agosto, la Comisión Europea aprobó las normas para aplicar el denominado CBAM (Mecanismo de Ajuste de Carbono en Frontera), que pretende evitar la desventaja en la que se encuentran las empresas europeas sujetas a les normas climáticas y que deben pagar por sus derechos de CO2.

 

La aplicación de la fase transitoria del CBAM es del 1 de octubre de 2023 hasta finales de 2024.

Esta reglamentación detalla las obligaciones transitorias para la notificación para los importadores de la UE de mercancías sujetas al CBAM, así como la metodología transitoria para calcular las emisiones incorporadas liberadas durante el proceso de producción de estas mercancías.

Esta tasa se aplicará a las importaciones de sectores, principalmente, como: la siderurgia, la producción de cemento o fertilizantes, el sector del aluminio y la generación de electricidad; que, durante el periodo transitorio, los importadores solo tendrán que proporcionar datos sobre sus emisiones. También se incluirá el sector del hidrógeno, algunos productos intermedios como tornillos y artículos similares de hierro o acero.

Los importadores europeos de los productos afectados deberán, en primer lugar, obtener una autorización y después comprar los derechos de emisión de CO2 correspondiente al precio de las emisiones que se hubieran pagado si estos bienes se hubieran producido en la Unión Europea.

De forma paralela, se están desarrollando herramientas informáticas específicas para ayudar al cálculo y notificación de los importadores.

Aunque se solicita a los importadores la recopilación de datos a partir del 1 de octubre del 2023, el primer informe no deberá presentarse hasta el 31 de enero del 2024.

YA LLEGA EL OTOÑO…. VERANO SIN ABEJAS: CAUSAS Y EFECTOS

Los insectos tienen un papel esencial para los ecosistemas y los seres vivos: en la polinización, en la descomposición de residuos, en los procesos de formación del suelo y del reciclaje de nutrientes, en las cadenas tróficas como presas o como depredadores y parasitoides, actuando en la lucha biológica contra especies plaga. También proporcionan alimentos y otros productos como biocombustibles o fibras, y son esenciales en los medios de agua dulce, donde son bioindicadores de calidad (son sensibles a la alteración de las aguas). Estos y muchos otros servicios irreemplazables suelen ser desconocidos por la sociedad, que demasiado recurrentemente sólo lo percibe como una molestia.

Tanto en la apreciación de los que tenemos cierta edad, como en diversas investigaciones muestran que está existiendo una disminución a gran escala de los insectos; y que estos seres son más vulnerables de lo que se pensaba.

Una reciente revisión de estudios estima que en los últimos 27 años las poblaciones de insectos voladores se han reducido en un 76 %. Más de un 40% de las especies de insectos están disminuyendo rápidamente y al menos un tercio se encuentran en peligro de desaparecer en pocas décadas.

Estos efectos están directamente relacionados con la actividad humana:

En primer lugar, el cambio de hábitats, provocado por la deforestación y la conversión de hábitats naturales en agricultura (vinculada al uso de pesticidas, herbicidas, fungicidas…).

El cambio climático también tiene un efecto importante, especialmente en condiciones climáticas extremas como las sequías, que están aumentando tanto en intensidad como en periodicidad.

Uno de los insectos que más está sufriendo su desaparición son las abejas, responsables de la polinización. Este acto es un proceso fundamental en la conservación de los ecosistemas terrestres y para la producción de alimentos:

Se calcula que el 87,5 % (aproximadamente 308.000 especies) de las plantas silvestres con flores del mundo dependen, al menos parcialmente, de la polinización realizada por animales; y en cuanto a su relación con la producción de alimentos, hay que tener en cuenta que en España alrededor del 70 % de los cultivos para consumo humano dependen de los insectos que desarrollan la polinización; además de proporcionar otros productos como miel, cera o medicamentos.

Según la FAO, la producción agrícola mundial que depende directamente de los insectos polinizadores supone beneficios crecientes de entre 235.000 y 577.000 millones de dólares al año o 2.400 millones de euros de valor asociado a la agricultura española; y se calcula que en los últimos cincuenta años el volumen de producción de cultivos que dependen de los polinizadores ha aumentado a nivel mundial en un 300 %, de manera que la subsistencia humana está cada vez más supeditada a su acción.

Por lo tanto, la pérdida de insectos polinizadores como las abejas puede llevarnos a una situación con consecuencias catastróficas, ya que, como se ha mencionado, afecta al buen funcionamiento de los ecosistemas y a la producción de la alimentación de los humanos.

Así pues, la conservación y recuperación de estas especies es fundamental para el futuro del planeta tal como lo conocemos; y las administraciones deben tomar medidas eficaces para luchar contra sus principales amenazas. Teniendo en cuenta las consecuencias expuestas, estas acciones deben considerarse como uno de los grandes retos ambientales.

(Autora de la imagen: Kat Smith)

EL USO DE INTERNET TAMBIÉN TIENE IMPACTO AMBIENTAL

Una acción tan cotidiana como el uso de internet (enviar correos, revisar y usar redes sociales, ver una película, comprar online…) tiene importantes costes ambientales, aunque no se perciben.

Dejando a un lado los impactos de la fabricación de los dispositivos para el uso de internet, en primer lugar, es necesario tener en cuenta todas las infraestructuras necesarias para el uso de los mismos, que además del impacto ambiental en la producción de las mismas, no debemos olvidar su repercusión en la ocupación del suelo y el impacto paisajístico, la flora y la fauna.

Pero el mayor impacto lo provocan los centros de datos que son necesarios para el almacenamiento de los mismos, que requieren gran cantidad de energía y residuos hídricos. De hecho, se estima que estos centros consumen unos 420.000 millones de litros al año de agua para mitigar el calor que producen.

La revista Resources, Conservation and Recycling ha publicado un estudio que indica que la huella hídrica media mundial del uso de redes está estimada en 200 litros de agua en la descarga de un solo gigabyte (GB) de datos, lo que hace 2,6 billones de litros de agua anualmente (más de un millón de piscinas olímpicas) y que el almacenamiento y transmisión de datos emiten 97 millones de toneladas de CO2 al año.

Teniendo en cuenta estos datos, las empresas implicadas están buscando distintas soluciones. Una de las que ya está funcionando es la propuesta en los países nórdicos, donde se aprovecha el calor producido como calefacción en edificios o invernaderos (es el caso del distrito de Valla Torg, en Estocolmo). Otras alternativas en estudio son: desarrollar sistemas de reciclado del agua, uso de las aguas grises o construcción de los centros de datos offshore (en los océanos) o sumergidos en aceites minerales para mantener temperatura estable, construir infraestructuras en el espacio…

Debemos también tener en cuenta las acciones que podemos realizar los usuarios. Además de aplicar la regla de las 3 R (reducir, reutilizar y reciclar) como en todas nuestras actividades cotidianas; poner en práctica algunas específicas, como: reducir la calidad de películas/series visualizadas en plataformas, evitar las videollamadas frente a llamadas de voz, ajustar las palabras en las búsquedas, desactivar notificaciones del móvil, enviar por mail archivos reducidos,…

Como siempre, los usuarios somos responsables del uso de los productos y servicios presentes en nuestra vida y de la huella ambiental que éstos representan.

PUBLICADA LA REGULACIÓN DE LA FIN DE CONDICIÓN DE RESIDUO DE LOS TERMOPLÁSTICOS

(Autora de la imagen: Anna Shvets)

El pasado 22 de junio de 2023, se publicó la Orden TED/646/2023 TED/646/2023, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios para determinar el fin de la condición de residuo de los residuos termoplásticos y que entra en vigor el 12 de julio de 2023.

Esta legislación establece como requisito básico que los plásticos pasen por una o varias plantas de tratamiento para poder aplicarles el concepto jurídico de fin de condición de residuo. El tratamiento que otorga esta finalidad de condición de residuo, tiene carácter sólo mecánico, por lo que los tratamientos químicos quedan excluidos del ámbito de aplicación de la norma. Por otra parte, también se excluyen los residuos plásticos termoestáticos, es decir, aquellos que una vez calentados y luego resfriados, no pueden volver a fundirse ni a cambiar de forma.

 

La Orden TED/646/2023 establece dos diferencias en función del origen de los residuos y la posible presencia de contaminantes orgánicos persistentes en los residuos a tratar.

  • Así, en los canales en los que habitualmente no se encuentren este tipo de contaminantes, se facilita su gestión a través de asegurar su procedencia y establecer medidas concretas de trazabilidad, para asegurarse de que estos residuos no se mezclan con residuos de otros orígenes a lo largo de las operaciones de tratamiento y valorización.
  • Por otro lado, en relación con los residuos procedentes de flujos de residuos peligrosos o con presencia de sustancias peligrosas y/o contaminantes orgánicos persistentes (RAEE, VFUs, RCDs, etc.), se establecen medidas adicionales para asegurar su origen y separación, a lo largo de toda la cadena de valorización.

 

Aspectos determinados:

  • Los residuos termoplásticos que pueden someterse a las especificaciones de la Orden TED/646/2023, se prevén en su Anexo I, en el que se indica su origen y codificación LER.
  • Los envíos de cada material, deberán acompañarse de una declaración de conformidad, de acuerdo con el modelo que consta en el Anexo III de la Orden. Se establece la posibilidad de usar estos residuos cuando hayan perdido su condición de tales, en términos idénticos en los procesos industriales posteriores, como si se tratara de material virgen. No obstante, aquellos plásticos que tengan que ser destinados a entrar en contacto con alimentos, tendrán que cumplir además los requisitos establecidos por su legislación específica.
  • Por otro lado, los materiales termoplásticos tratados mecánicamente que deban ser destinados a la industria para cualquier otro tipo de producto, también deberán cumplir con la legislación específica que le sea de aplicación
  • Para poder aplicar las previsiones de la Orden TED/646/2023, los gestores finales que deseen comercializar el residuo termoplástico como producto deben efectuar una comunicación a la administración autonómica que les haya autorizado el centro de tratamiento de acuerdo con lo previsto en el Anexo II de la Orden TED/646/2023, en el plazo de 3 meses desde su entrada en vigor (es decir, antes del 12 de octubre de 2023).

Por último, a tener en cuenta que:

 

Los criterios establecidos en la Orden TED/646/2023 para determinar el fin de condición de residuo sólo serán de aplicación dentro del territorio del Estado. En consecuencia, no son extrapolables ni a operaciones de importación, ni de exportación de los materiales, ni tampoco de traslado en el territorio de la Unión Europea.

 

MANIFESTACIONES DE INTERÉS (MDI)

Las manifestaciones de interés son consultas abiertas en distintas áreas que recogen posibles ámbitos de actuación a través de la información que ofrecen distintos colectivos de la sociedad, entre ellos, los empresariales.

Tienen el objetivo de diseñar políticas públicas y son una herramienta utilizada des de hace años por la Comisión Europea y de reciente implantación en España.

Dentro de las citadas políticas públicas, también se encuentran las convocatorias de ayudas y subvenciones.

Desde Econia ayudamos a diferentes sectores empresariales, representativos de la sostenibilidad, economía circular y ecoinnovación, a presentar sus aportaciones a las MDI, de manera que, el valor añadido que aportan sea considerado dentro de los objetivos prioritarios, por ejemplo, en los fondos NextGeneration.

HERRAMIENTAS FRENTE AL GREENWASHING EL PLAN DE SOSTENIBILIDAD

El llamado «greenwashing» es una práctica fraudulenta utilizada por algunas empresas para promover una imagen de falsa sostenibilidad y compromiso con el medio ambiente, con el fin de mejorar su imagen pública y/o aumentar las ventas.

 

Una de las herramientas para evitar estas prácticas poco éticas e integrar de forma real la sostenibilidad en la empresa, es la creación de un Plan De Sostenibilidad (PDS).

 

¿Cómo ayudamos desde ECONIA a la realización del PDS?

 

  • Realizando un DIAGNÓSTICO INICIAL de la actividad empresarial sobre los impactos y riesgos internos y externos
  • Planteando un PLAN ESTRATÉGICO y DE ACTUACIÓN alineado con el plan empresarial que defina la estrategia de sostenibilidad y los puntos de actuación, teniendo en cuenta la integración de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y adecuado a cada actividad y organización.

 

El trabajo realizado a medida para cada cliente y sus necesidades permite que el PDS aporte el valor necesario y reduzca los riesgos ambientales; aumentando la reputación de la empresa y traduciéndose en cifras de desarrollo y crecimiento.

 

Los clientes y consumidores, cada vez más, tienen integrada la sostenibilidad en su consumo; y aunque parece que pueden ser engañados con falsas etiquetas «eco-friendly», perciben fácilmente si las acciones que realiza una empresa son fruto de un greenwashing o de una verdadera alineación de los valores ambientales en su modelo de negocio.