El nuevo Reglamento europeo de envases ya es aplicable: ¿qué cambiará hasta 2030?

Ago
25
2026


Desde el 12 de agosto de 2026 es aplicable con carácter general en la Unión Europea el Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases (PPWR), que establece un marco común para reducir la generación de residuos, aumentar la reutilización y el reciclaje y armonizar las normas aplicables a los envases comercializados en el mercado europeo.

Su aplicación será progresiva, con obligaciones que se irán desplegando durante los próximos años en ámbitos como el etiquetado, la reutilización, el contenido reciclado, la reciclabilidad y determinados formatos de un solo uso.

Una de las primeras medidas es la restricción de los PFAS en los envases en contacto con alimentos. Desde el 12 de agosto, los envases que contengan estas sustancias por encima de los límites establecidos no pueden comercializarse en el mercado de la UE.

A partir de 2028 comenzará a aplicarse un sistema armonizado de etiquetado de los envases en toda la UE, con el objetivo de facilitar su correcta separación y ofrecer información sobre aspectos como los materiales utilizados, la compostabilidad o el contenido reciclado.

De cara a 2029, los Estados miembros deberán garantizar la recogida separada anual de al menos el 90 % de las botellas de plástico de un solo uso y de los recipientes metálicos para bebidas, contemplándose sistemas de depósito y devolución en los casos previstos.

El 2030 concentrará buena parte de los cambios: se introducirán límites al espacio vacío de los envases para reducir el sobreenvasado, restricciones sobre determinados formatos de plástico de un solo uso y objetivos de reutilización para ampliar las posibilidades de reutilizar, rellenar y devolver los envases.

A partir de ese mismo año también se aplicará el requisito de que todos los envases sean reciclables y comenzarán a aplicarse requisitos mínimos de contenido reciclado en los envases de plástico. Se mantienen, además, los objetivos de reciclaje para 2030: 70 % para el conjunto de los envases, 85 % para el papel y cartón, 75 % para el vidrio, 55 % para el plástico y 30 % para la madera.

El Reglamento también fija objetivos de reducción de los residuos de envases por habitante, respecto a los niveles de 2018: 5 % en 2030, 10 % en 2035 y 15 % en 2040, situando la prevención como primera prioridad, seguida de la reutilización y, posteriormente, del reciclaje y la valorización.

En conjunto, el PPWR actuará sobre todo el ciclo de vida de los envases, desde la prevención y el diseño hasta su gestión como residuos.

En España, el Reglamento europeo convive actualmente con el Real Decreto 1055/2022, que continuará aplicándose en los ámbitos no regulados por la norma europea o que no resulten incompatibles con ella. Así, el 12 de agosto de 2026 marca el inicio de un despliegue progresivo de las nuevas exigencias.

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