Nuevo Registro Estatal de Huella de Carbono: más control y compromiso climático para las empresas.

Abr
23
2025


El pasado 12 de abril se publicó en el BOE el Real Decreto 214/2025, aprobado el 18 de marzo, que crea un registro para la huella de carbono, compensaciones y proyectos de absorción de CO₂. También establece la obligación para determinadas empresas e instituciones de calcular su huella de carbono, elaborar un plan para reducir sus emisiones de gases invernadero y hacerlo público.

Los 10 puntos clave del decreto son:

1. Diferenciación de obligaciones: Se establece, por un lado, la obligación de calcular la huella de carbono y de hacer un plan de reducción de emisiones para determinadas entidades, y por otro lado, la inscripción en el registro (que no es obligatoria para todo el mundo).

2. Inclusión de acontecimientos: También se podrán registrar las huellas de carbono de acontecimientos y sus acciones de reducción de emisiones.

3. Ámbito mínimo de inscripción: Para las huellas de carbono de organizaciones, como mínimo se tendrán que incluir las emisiones de los ámbitos 1 y 2. También se definen criterios para excluir ciertas fuentes.

4. Planes de reducción: A partir del 1 de enero de 2026, se tendrán que presentar los planes de reducción de emisiones según unos criterios establecidos por el decreto.

5. Procedimiento administrativo: Se fijan plazos para responder requerimientos y para resolver solicitudes, y se introduce el concepto de silencio administrativo.

6. Verificación externa: Cambian los criterios que determinan cuando es obligatorio que la huella de carbono sea verificada por una entidad externa.

7. Nueva definición de pyme: Se redefinen las pequeñas y medianas empresas y se establece un calendario para aplicar estas definiciones.

8. Compensaciones reconocidas: Se podrán registrar como compensaciones las absorciones de CO₂ derivadas de proyectos de reducción de emisiones que hayan sido reconocidos oficialmente por el Ministerio.

9. Coordinación con las comunidades autónomas: Se regulan mecanismos de coordinación con los gobiernos autonómicos y se busca la compatibilidad con sus registros propios.

10. Fecha de entrada en vigor: El decreto empezará a aplicarse el 12 de junio de 2025.

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